Hipotecas
Hipoteca hasta el 90% de financiación
Hipoteca1 para la adquisición de inmuebles comercializados por Altamira, Solvia y Diglo.
- Adquiere tu vivienda habitual o segunda residencia.
- Financia la compra de un local comercial.
- Conoce las condiciones por tipo de inmueble.

Hipotecas Altamira, Solvia y Diglo
En Banco Santander financiamos hasta el 90% sobre el menor de los valores entre el precio de compraventa y el valor tasación para la adquisición de inmuebles adjudicados del Grupo Banco Santander, comercializados por Altamira, Solvia y Diglo.
Esta oferta es válida en los siguientes casos:
- Hipotecas destinadas a la adquisición de tu vivienda habitual o de tu segunda residencia.
- Hipoteca destinada a la adquisición de inmuebles terciarios (locales, oficinas y naves).
Límites de financiación por tipo de inmueble y plazo:
Tipo de inmueble |
Plazo máximo2 |
Importe máximo3 |
---|---|---|
Vivienda |
40 años |
90% |
Terciarios |
15 años |
70% |
Para más información acude a tu oficina.
1. Financiación sujeta a aprobación del Banco Santander. Acude a tu oficina para solicitar la ficha Europea de Información Normalizada (FEIN). Esta información no sustituye a la FIPRE, (Ficha de Información Precontractual) solicítala en tu oficina. Préstamo hipotecario sobre la vivienda. Para vivienda libre de cargas y gravámenes. Prestamista: Banco Santander, S.A con domicilio social en Santander, Paseo de Pereda, 9- 12 (39004) – R.M. Cantabria, Hoja 286, Folio 64, Libro 5º de Sociedades, Insc. 1ª, C.I.F. A-39000013. En caso de incumplimiento de los compromisos derivados del contrato de préstamo garantizado con hipoteca, existe el riesgo de pérdida de la vivienda. En caso de impago y en todos los supuestos de vencimiento anticipado, previa notificación en el domicilio que usted indique a efectos de ejecución hipotecaria, podrá el Banco proceder contra usted por acción personal o por acción real contra la finca hipotecada, pues usted responderá frente al Banco del pago del préstamo con todos sus bienes presentes y futuros, no solo con la finca hipotecada. Conforme al artículo 105 de la Ley Hipotecaria y al artículo 1911 del Código Civil. Si el préstamo hipotecario sobre la vivienda a adquirir se formalizara en el territorio de la Comunidad De Andalucía pulsa aquí (PDF 2.06 MB)
2. La edad del solicitante sumada a la duración del préstamo no podrá exceder de 80 años.
3. Hasta el 90% sobre el menor de los valores entre el precio de compraventa y el valor de tasación.
Hipoteca hasta el 90% de financiación
- Adquiere tu vivienda habitual o segunda residencia.
- Financia la compra de un local comercial.
- Conoce las condiciones por tipo de inmueble.