Hipotecas

Hipoteca Fija Bonificada

Información para una financiación1 a 30 años, y hasta el 80% del valor de tasación para la adquisición de tu primera vivienda. Oferta disponible para contratación online*

  • Tipo Fijo 2,96% TIN los seis primeros meses y 3,96% TIN a partir del séptimo mes, sin cumplir condiciones: TAE 4,16%2.
  • Tipo Fijo 2,96% TIN los seis primeros meses y 2,96% TIN a partir del séptimo mes, cumpliendo condiciones: TAE 3,65%3.

Al tener un tipo fijo

pagarás la misma cuota mes a mes.

Reducción a modo de bonificación

hasta 1,00% sobre TIN a partir del séptimo mes.

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Contrata tu hipoteca fija en

3 sencillos pasos y con atención personalizada

Además, tendrás la seguridad de pagar siempre la misma cuota hasta el vencimiento de tu hipoteca.

Un tipo preferencial los 6 primeros meses

Tendrás un tipo fijo de 2,96% TIN durante los 6 primeros meses y 3,96% TIN a partir del séptimo mes (TAE 4,16%).

Bonificaciones que podrían mejorar tu cuota mensual

Elige los productos que mejor se adapten a ti, con los que podrías conseguir un 1,00% de bonificación sobre TIN a partir del séptimo mes, cumpliendo condiciones.

Sin comisión de apertura

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Conoce la Hipoteca Fija Bonificada

Contrata tu hipoteca en unos sencillos pasos, de forma rápida y sin complicaciones. Esta financiación está disponible para vivienda habitual y segunda residencia. Te ofrece:

Tipo de interés fijo

Seguridad frente a movimientos del Euribor. Sabrás la cuota mensual hasta su vencimiento.

Una hipoteca adaptada a ti

Porque podrás conseguir bonificaciones a partir del séptimo mes  que reducirán el interés a pagar según los productos que tengas contratados.

¿Cómo acceder al tipo de interés bonificado a partir del séptimo mes?

Para acceder al tipo de interés bonificado a partir del séptimo mes podrás elegir los productos o servicios hasta una bonificación máxima del 1,00%:

Ingresos y pagos4

Domiciliar una nómina o prestación por desempleo, o Pensión, o Pago Seguridad Social Autónomo o, Ayudas de la PAC (Política Agraria Común):

  • Aplicable si alguno de los prestatarios tiene domiciliada una nómina de al menos 1.000€/mes, o si alguno de los prestatarios tiene domiciliada una pensión o prestación por desempleo de al menos 600€/mes, o si el pago de la Seguridad Social Autónomos domiciliada de uno de los prestatarios es de al menos 175€/mes, salvo para residentes en Ceuta y Melilla que tendrá que ser al menos 75€/mes, o si alguno de los prestatarios tiene domiciliadas las ayudas de la PAC sea cual sea el importe percibido.

Y además, tener contratado con el Banco el servicio de pagos «BIZUM», o utilizar al menos, SEIS (6) veces, una tarjeta de crédito emitida por el Banco, en los tres meses inmediatamente anteriores a aquel en que se lleve a cabo la comprobación del cumplimiento de estas condiciones.

Se entenderá que la tarjeta de crédito ha sido utilizada, si se realiza alguna de estas operaciones o servicios: retirada de efectivo en cajeros, compras en comercios y dinero directo (traspaso desde el límite de crédito de la tarjeta a la cuenta asociada).

La bonificación por este concepto será de 0,50% sobre el tipo de interés nominal anual pactado a partir del séptimo mes, independientemente de los productos o servicios que el prestatario, o los prestatarios si son varios, puedan tener contratados.

Seguros5

Tener contratado y en vigor cualesquiera de estos seguros: Seguros de Hogar de Santander Generales Seguros y Reaseguros, S.A., Seguros Protección préstamos de Santander Vida Seguros y Reaseguros, S.A. o de Santander Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora, S.A., Seguros de Vida, de Santander Vida Seguros y Reaseguros, S.A, Seguros de Accidentes o Seguros de Incapacidad Temporal de Autónomos de Santander Generales Seguros y Reaseguros, S.A., Seguros de Salud de Santander Vida Seguros y Reaseguros, S.A, en coaseguro con Aegon España S.A.U. de seguros y Reaseguros, o Seguros de Autos de Santander MAPFRE Seguros y Reaseguros, S.A.; comercializados todos ellos por Santander Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado S.A., NIF A28360311, a través de su red de distribución, Banco Santander S.A.

  • Seguros de Hogar se podrá obtener una bonificación de 0,20% por cada una de las pólizas contratadas, si la prima anual de cada Póliza contratada es superior a 300€.
  • Seguros Protección préstamos, en los que las coberturas del Seguro se acuerdan con la finalidad primordial de garantizar a la Entidad Concesionaria del préstamo, en caso de que se produzcan las contingencias cubiertas por la póliza, el cobro preferente de las cantidades debidas en tal momento por el préstamo concedido al Asegurado, se podrá obtener una bonificación de 0,30% por cada una de las pólizas contratadas, si la prima anual de cada Póliza contratada es superior a 300€.
  • Seguros de Vida, Seguros de Accidentes o Seguro de Incapacidad Temporal de Autónomos, Seguros de Salud, y Seguros de Autos de Santander MAPFRE Seguros y Reaseguros, S.A. Por la contratación estos seguros se podrá obtener una bonificación de 0,10% por cada una de las pólizas contratadas, si la prima anual de cada Póliza contratada es superior a 200€. 

La bonificación máxima por la contratación de estos seguros será del 1,00% sobre el tipo de interés nominal anual pactado a partir del séptimo mes.

Productos de inversión/ previsión6

Tener contratados y en vigor alguno de los siguientes productos de Inversión / Previsión: Planes de Pensiones/EPSV de la Entidad Gestora Santander Pensiones, S.A EGGP, comercializados por el Banco, a nombre de alguno o todos los prestatarios, Fondos de Inversión gestionados por alguna de las entidades gestoras del Grupo Santander, o Fondos de inversión gestionados por terceras entidades no pertenecientes al Grupo Santander y comercializados por el Banco a nombre de alguno o todos los prestatarios, Carteras SELECCIÓN gestionadas por la Entidad Gestora Santander Asset Management, S.A., S.G.I.I.C, a nombre de alguno o todos los prestatario, Seguros de Ahorro de Santander Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora, S.A. comercializados por Santander Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado S.A. a nombre de alguno o todos los prestatarios.

Bonificación del 0,10%, siempre y cuando el importe del producto contratado sea igual o superior a 10.000€. 

La bonificación máxima por la contratación de estos productos de previsión/inversión será del 0,30% sobre el tipo de interés nominal anual pactado a partir del séptimo mes.

Atención personalizada desde el principio hasta el final

Cuenta con tu gestor personal para solucionar tus dudas y problemas en cualquier punto del proceso, sin importar el dispositivo que use para tramitar tu hipoteca, ni el lugar en el que te encuentres. Como más ventajas de tener a tu disposición un gestor personal:

Acompañamiento personal en todo momento

Contarás con una gestión completa y adaptada a ti en la contratación, asesoramiento, trámites y consultas de tu préstamo hipotecario.

Estés donde estés, en el momento que lo necesites

Atención personalizada por parte de tu gestor, que podrás solicitarla en cualquiera de los canales disponibles: llamada, videollamada, chat o correo electrónico.

Fácil, rápido y adaptado a ti

Estudiamos a fondo tu caso y nos adaptamos a tus necesidades.

Importes, plazos y comisiones  

  • Importe máximo: 80% del valor de tasación de la vivienda.
  • Plazo máximo: 30 años.
  • Importe máximo: 70% del valor de tasación de la vivienda.
  • Plazo máximo: 25 años.
  • Tanto para vivienda habitual como para segunda residencia el cliente debe aportar, como mínimo, a través de fondos propios, la diferencia entre el precio de compraventa y el importe financiado. El plazo de la hipoteca más la edad del titular a la firma no podrá ser superior los 80 años de edad

Comisión de apertura: 0%.

Compensación o comisión por reembolso o amortización anticipada total o parcial. En caso de reembolso o amortización anticipada total o parcial, la parte prestataria deberá compensar al Banco. Dicha compensación consistirá:

  • En un 2% del capital reembolsado anticipadamente, si la amortización anticipada tiene lugar durante los 10 primeros años de vigencia del préstamo.
  • En un 1,5% del capital reembolsado anticipadamente, si la amortización anticipada se produce con posterioridad.
  • En ningún caso la compensación podrá exceder del importe de la pérdida financiera7 que pudiera sufrir el Banco.

Los gastos de constitución8 serán asumidos por Banco Santander al contratar con personas físicas, a excepción de los gastos de tasación, que serán asumidos por el cliente.

Hipoteca Fija Bonificada

  • Bonificación hasta 1,00% sobre TIN a partir del séptimo mes.
  • Comisión de apertura 0%.

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