Seguros de accidentes - Banco SantanderLos seguros de accidentes te ofrecen amplias coberturas ante accidentes o imprevistos y aseguran tu tranquilidad. Consulta aquí las condiciones.
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Seguros de Accidentes

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Seguro de Accidentes Protección Integral

Obtén el apoyo para afrontar las consecuencias económicas que genera un accidente. En los momentos más difíciles, tú y los tuyos no estaréis solos.

Dos capitales a elegir

Elige entre un capital de 60.000 € o 120.000 € para protegerte ante un accidente1.

Con ayuda a domicilio para agilizar tu recuperación

Y con un proceso de contratación ágil y sencillo, sin selección de riesgos y con una prima fija2.

¿Ante qué me protege este seguro?

Las coberturas3 del Seguro de Accidentes Protección Integral están diseñadas para satisfacer distintas necesidades, conócelas:

Fallecimiento por accidente. Capital asegurado 60.000 € o 120.000 €.

Invalidez Permanente Absoluta por accidente. Capital asegurado 60.000 € o 120.000 €. Si percibe una indemnización de la Póliza por una Invalidez Permanente Parcial y posteriormente le es reconocida una Invalidez Permanente Absoluta por accidente, se le indemnizará sólo por la diferencia hasta alcanzar el capital asegurado.

Invalidez Permanente Parcial por accidente. Indemnización según tabla de valoración. Capital máximo 60.000 € o 120.000 €. Si percibe una indemnización de la Póliza por una Invalidez Permanente Parcial y posteriormente le es reconocida una Invalidez Permanente Absoluta y/o Gran Invalidez, por accidente, se le indemnizará:

  • Por Invalidez Permanente Absoluta sólo por la diferencia hasta alcanzar el capital asegurado.
  • En caso de Gran Invalidez, la diferencia hasta alcanzar el capital asegurado de la cobertura de Invalidez Permanente Absoluta además del capital de Gran Invalidez. Se incluyen hasta 750€ o1.500 € para prótesis ortopédicas.

Gran Invalidez por accidente. Capital adicional a la cobertura de Invalidez Permanente Absoluta de 25.000 € o 50.000 €. Si percibe una indemnización de la Póliza por una Invalidez Permanente Parcial y posteriormente le es reconocida una Gran Invalidez por accidente, se le indemnizará por la diferencia hasta alcanzar el capital asegurado de la cobertura de Invalidez Permanente Absoluta además del capital de Gran Invalidez.

Ayuda a domicilio. 25 o 50 horas anuales de apoyo para ayudar en la recuperación del asegurado.

  • Acompañamiento del asegurado.
  • Limpieza del hogar.
  • Realización de compras y recados.
  • Elaboración de comidas.
  • Compra de medicamentos.

¿Qué debes cumplir para contratarlos?

RequisitosProtección integral
Residente en EspañaSí.
Edad de contrataciónEntre los 32 y 64 años.
Duración del seguroTemporal anual renovable, hasta que el Asegurado cumple 74 años, en el caso de Fallecimiento por Accidente y 66 en el caso de Invalidez Permanente Absoluta, Invalidez Permanente Parcial, Gran Invalidez y Ayuda a domicilio.
Forma de pagoAnual o semestral.

Dudas más comunes sobre estos seguros

El seguro cubre los accidentes sufridos tanto en España como en el extranjero.

En el caso del pago de la indemnización, tabla de valoración se refiere a la relación en la que se indica el importe económico correspondiente a cada diagnóstico médico. Los detalles de la cobertura se le entregarán junto con los documentos de su póliza.

Cubre aquellos accidentes que no figure en el listado de exclusiones de la póliza (deportes de riesgo, etc.).

En caso de fallecimiento serán los beneficiarios. Mientras que en caso de invalidez permanente absoluta, invalidez permanente parcial o gran invalidez, será el asegurado.

La prima no varía con la edad, ni por haber comunicado algún siniestro por el que se haya indemnizado.

Es el fallecimiento del asegurado cuya causa directa sea un accidente y que se produzca dentro de los 18 meses siguientes al mismo.

Es la situación física y/o psíquica irreversible, derivada de un accidente, que inhabilita al asegurado para toda profesión u oficio.

Lesión irreversible, incluida como diagnóstico en la tabla de valoración de la póliza, no declarada como invalidez permanente absoluta o gran invalidez, y que ocasione al asegurado la pérdida funcional o anatómica de miembros u órganos de su cuerpo como consecuencia de un accidente, dentro de los 18 meses siguientes al mismo. Deberá presentar el certificado médico exponiendo origen, causa y desarrollo de la dolencia.

Es la situación de incapacidad permanente que provoque pérdidas anatómicas o funcionales y suponga además la necesidad de asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos, provocada por un accidente. Deberá estar oficialmente reconocida por la Seguridad Social u otro organismo equivalente.

* Promoción válida del 1 de julio al 31 de agosto de 2025. Promoción válida para los seguros de accidentes Protección Integral y Protección Integral Esencial. Descuento del 20% para toda la vida de la póliza. Oferta exclusiva para contrataciones a través del canal digital, web o app. Consulta las bases legales de la campaña aquí.

Seguro mediado por Santander Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.A. (“Santander Mediación”), a través de su red de distribución Banco Santander S.A., en virtud del contrato de agencia que tiene suscrito con la compañía aseguradora Santander Generales Seguros y Reaseguros, S.A. Santander Mediación es una sociedad inscrita en el registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con el nº OV-0042 y tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil y capacidad financiera según la legislación vigente. Consulte el resto de compañías aseguradoras con las que Santander Mediación mantiene un Contrato de Agencia para la distribución de productos de seguro en www.santandermediacionobsv.com.

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