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¿Qué son los Planes de pensiones de empleo de promoción conjunta?


Los Planes de pensiones de empleo son planes promovidos por empresas para sus trabajadores, con la ventaja de que tanto la empresa como el trabajador pueden hacer aportaciones al plan y, con esto, incentivar el ahorro para complementar la pensión pública en la jubilación.

Un Plan de pensiones de promoción conjunta es un plan constituido por varias empresas, lo que le permite a tu Pyme ahorrar en costes, agilizar trámites y agrupar un mayor patrimonio. Se trata de planes ya creados, de modo que su integración es muy rápida y tienen una reducida carga administrativa.


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¿Cuáles son los beneficios para tu Pyme de contratar un Plan de pensiones de empleo?

Los planes de empleo de promoción conjunta son más fáciles de contratar que un plan de empresas tradicional, porque existen menos gestiones para su constitución. Descubre más ventajas para tu Pyme.

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Deducciones en el Impuesto sobre Sociedades

Las aportaciones realizadas, ya sean periódicas o extraordinarias, reducen la base imponible en el Impuesto sobre Sociedades.

Además, hay una deducción del 10% en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades, para contribuciones a trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000€. Para salarios superiores, la deducción será proporcional.

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Ahorro en las cuotas de cotización de la empresa a la Seguridad Social

Existe también una reducción en las cuotas de cotización de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes, por el incremento en la cuota que derive directamente de las aportaciones realizadas por la empresa al plan.

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Estrategia ganar-ganar para la empresa y los trabajadores

Los planes de pensiones de empresa son el beneficio más valorado por los trabajadores en la actualidad, tras el seguro de salud.

Por ello, contar con un plan de pensiones de empleo te ayudará a atraer el mejor talento y mantenerlo a lo largo del tiempo.

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¿Cómo puedo contratar un Plan de empleo de promoción conjunta?

Puedes contratar un Plan de empleo de promoción conjunta para tu Pyme en cualquier oficina de Banco Santander.

A la hora de contratar el Plan de empleo en tu oficina, no necesitarás aportar ninguna documentación. El gestor especialista te ayudará en todo el proceso:

  • Elección del plan más adaptado a tus necesidades.
  • Definición del esquema de aportaciones.

PEDIR CITA EN OFICINA

O si lo prefieres, busca aquí tu oficina más cercana.

¿Qué planes de empleo de promoción conjunta puedo contratar como Pyme?

Existen planes de promoción conjunta, con distintas políticas de inversiones que permiten cubrir distintas necesidades de tu Pyme:

  • Santander Empresas Renta Fija Mixta: invierte 85% en Renta Fija y 15% en Renta Variable.
  • Santander Empresas Renta Fija Mixta 2: invierte 75% en Renta Fija y 25% en Renta Variable.
  • Santander Empresas Renta Variable Mixta: invierte 40% en Renta Fija y 60% en Renta Variable.
  • Santander Empresas Renta Variable Mixta 2: invierte 60% en Renta Fija y 40% en Renta Variable.

Preguntas frecuentes sobre los Planes de empleo de promoción conjunta

  • Para el empleado, ¿cuáles son los beneficios de un plan de empleo?

    • Reducción de la base imponible del IRPF
      Las aportaciones realizadas por la empresa a favor del trabajador no incrementan su base imponible del IRPF. Mientras que las aportaciones realizadas por el propio trabajador al plan se reducen de la base imponible general del IRPF.
      Además, el límite de aportaciones de 1.500€ anuales para un trabajador por cuenta ajena se incrementa en 8.500€. Estas aportaciones adicionales se realizarán de forma conjunta por la empresa y el trabajador.
    • Ahorro sistemático para la jubilación
      Los Planes de pensiones de empresa permiten generar un ahorro a lo largo de la vida del trabajador. Las aportaciones realizadas por la empresa se consideran “salario diferido” del trabajador, que solo tributará en el IRPF al momento de la jubilación o ante un rescate. Así que, además de beneficiarse con las aportaciones, lo hará también con el aumento en las contribuciones a la Seguridad Social.
    • Condiciones flexibles para beneficiar al trabajador
      Los planes de pensiones de empleo ofrecen la posibilidad de traspasar desde un plan individual, lo que puede ser beneficioso si se cuentan con mejores condiciones en el plan de pensiones de empleo.
  • ¿Quién puede acceder al plan de pensiones de empleo?

  • Debe darse acceso a todos los empleados, según el principio de no discriminación, y la adhesión es voluntaria. Lo normal es que, al tratarse de un beneficio social adicional, todos los trabajadores se adhieran para no perder esta ventaja. Es necesario que exista una relación laboral, por lo que los administradores con contrato mercantil o socios sin relación laboral no podrán acceder al plan de pensiones.
  • La aportación a plan de empleo ¿tiene que ser igual para todos los empleados?

  • La aportación no tiene por qué ser igual para todos los empleados, la regulación permite realizar una diferenciación en cuanto a las contribuciones empresariales, siempre y cuando sigan un criterio objetivo (cantidad fija, % del sueldo, categoría profesional, antigüedad…). Los empleados partícipes del plan de pensiones de empleo podrán realizar aportaciones voluntarias (periódicas o puntuales) dentro de los límites legales permitidos.
  • ¿Pueden los socios de la empresa aportar a planes de pensiones de empleo?

  • Si los socios no mantienen con la sociedad una relación laboral, sino exclusivamente una relación mercantil, la sociedad no podría realizar contribuciones a planes de pensiones de empleo a favor de los socios.
  • ¿Cuál es el límite de aportación a planes de pensiones de empleo?

  • La empresa puede aportar hasta 8.500€ al plan de empleo. Si la empresa no aporta los 8.500€, el empleado podrá aportar al plan en función de unos coeficientes establecidos. En el caso de que no haya aportaciones individuales por parte del empleado, la aportación de la empresa se podrá incrementar las hasta los 10.000€.
  • ¿Es necesario aportar algún documento que acredite la firma del representante de los trabajadores?

  • No se necesita acreditación. Los representantes de la PYME son elegidos discrecionalmente por la PYME. Los representantes de los trabajadores pueden ser elegidos por designación directa o mediante proceso electoral.
  • ¿Cuándo se puede rescatar un plan de empleo?

  • Siempre que esté previsto en las especificaciones. Un plan de empleo cubre las contingencias de jubilación, invalidez, dependencia severa o gran dependencia y fallecimiento. Adicionalmente, pueden contemplarse algunos de los supuestos excepcionales de liquidez que contempla la ley española.
  • ¿Qué pasa con el plan de pensiones de empleo si un trabajador cambia de empleo?

  • En caso de extinción de la relación laboral con el promotor por causa distinta a la jubilación, invalidez, dependencia o fallecimiento, el partícipe tiene que movilizar sus derechos consolidados para su integración en otro Plan de Pensiones.
    La movilización se podrá realizar a un plan individual o a un plan de empleo (en caso de que se comenzase a trabajar para una empresa que tuviese plan de empleo.




¿Hablamos?

Si quieres más información, acércate a cualquiera de nuestras oficinas.

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